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MAYA, NOEMI c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda para el recálculo de su prestación jubilatoria. La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia, ordenando la aplicación de determinados índices de actualización salarial.

Impuesto a las ganancias Seguridad social Prestacion jubilatoria Ripte Indice de actualizacion salarial Isbic Topes jubilatorios Recalculo de haber inicial


- Actora: Noemí Maya

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recálculo del haber inicial de la prestación jubilatoria de Noemí Maya

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia, ordenando a ANSES a determinar el haber inicial de la actora aplicando determinados índices de actualización salarial, sin limitaciones temporales. Declaró inconstitucionales ciertas normas reglamentarias dictadas por el Poder Ejecutivo. Mantuvo la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, y rechazó la inconstitucionalidad de los topes jubilatorios. Principales fundamentos:
- La Cámara ordenó aplicar el índice ISBIC hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, y luego los mecanismos de actualización previstos en esa ley y la Ley 27.426.
- Declaró inconstitucionales las resoluciones de ANSES y la Secretaría de Seguridad Social que establecieron el índice RIPTE, por exceder las facultades del Poder Ejecutivo.
- Sostuvo la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, siguiendo la jurisprudencia de la Cámara.
- Rechazó la inconstitucionalidad de los topes jubilatorios, siguiendo los precedentes de la CSJN.

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