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CAVIA, MARIA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora demandó el reajuste de sus haberes jubilatorios. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley N°27.609 sobre la movilidad de los haberes.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Jubilacion Seguridad social Movilidad Reajuste de haberes Ley 27 609 Ley 26 417


- Actora: María Graciela Cavia

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley N°27.609 sobre movilidad de haberes y ordenó a ANSES recalcular los haberes de la actora. La Cámara consideró:
- Respecto al cálculo del haber inicial, debe aplicarse el índice ISBIC y luego el índice combinado de la ley 26.417.
- No corresponde limitar el haber reajustado según la doctrina "Villanustre".
- Las costas se imponen a la vencida, según el art. 36 de la ley 27.423.
- El retroactivo no debe tributar impuesto a las ganancias.
- Respecto a la inconstitucionalidad de la ley 26.417 y 27.609, la Cámara declara la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y establece el procedimiento para el recálculo.

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