BALMACEDA, NILDA FILOMENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Jubilada reclama reajuste de haber previsional. La Cámara Federal confirma el incremento, pero declara inconstitucional la aplicación retroactiva de la nueva ley de movilidad jubilatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jubilada Nilda Filomena Balmaceda demandó a la ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional. En primera instancia, el Juzgado Federal de San Juan hizo lugar parcialmente a la demanda.
La ANSES apeló la sentencia. La Cámara Federal de Mendoza
- Sala B confirmó la decisión de primera instancia en lo sustancial:
- Rechazó limitar el reajuste del haber según la doctrina del fallo "Villanustre", ya que esta solo es aplicable al régimen de la ley 18.037 y no al de la ley 24.241 que rige en este caso.
- Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, que dispuso la aplicación retroactiva del nuevo índice de movilidad, por considerarlo regresivo respecto a la derogada ley 26.417.
- Admitió la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) del haber jubilatorio, aplicando la doctrina de la CSJN en "Quiroga".
- Impuso las costas de ambas instancias a la demandada ANSES, en virtud de los artículos 68 y 71 del CPCCN y 36 de la ley 27.423.
- Reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en un 30% de lo establecido en primera instancia.
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