C., F. L. c/ O.S.D.E. s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES
La actora promovió acción de amparo para obtener la cobertura integral de un sistema de comunicación táctil. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
- Actora: F.L.C.
- Demandada: O.S.D.E.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura integral del sistema de comunicación táctil IRISBOND UKITU
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo.
Fundamentos principales:
- La menor amparista presenta diagnóstico de Síndrome de Phelan-McDermid, con grave compromiso en la expresión oral y comunicación, y requiere el sistema de comunicación táctil prescripto por su equipo médico tratante.
- Los jueces no están obligados a ponderar exhaustivamente todas las pruebas, sino aquellas esenciales. El informe pericial realizado por el Cuerpo Médico Forense avala la necesidad y beneficios terapéuticos del dispositivo reclamado.
- La cobertura solicitada se encuentra amparada por el derecho a la salud y las normas de protección integral a personas con discapacidad, prevaleciendo sobre eventuales limitaciones del Programa Médico Obligatorio.
- La conducta de la obra social al negar la cobertura fue arbitraria, arriesgando la salud y calidad de vida de la menor.
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