R., M. I. (EN REPRESENTACION DE MR JI) c/ OBRA SOCIAL DE GUINCHEROS Y MAQUINISTAS (EMSYS) s/LEY DE DISCAPACIDAD
La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó que la prestación de transporte se brinde conforme a los montos establecidos en la Resolución 428/1999 del Ministerio de Salud de la Nación.
¿Quién es el actor?
M. I. R. (en representación de MR JI)
¿A quién se demanda?
Obra Social de Guincheros y Maquinistas (EMSYS)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura al 100% de la prestación de transporte para persona con discapacidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso, ordenando que la prestación de transporte se brinde conforme a la Resolución 428/1999 del Ministerio de Salud, y distribuyó las costas de primera instancia en un 80% a cargo de la demandada y 20% a cargo del actor. Las costas de Alzada se impusieron en un 80% al actor y 20% a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que la prestación de transporte debe brindarse conforme a la normativa vigente del Ministerio de Salud, en relación a los honorarios máximos que pueden facturarse. Citó jurisprudencia de la CSJN que ha resuelto la aplicación de la Resolución 428/1999. Respecto a las costas, las distribuyó de manera proporcional al éxito obtenido por cada parte.
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