G C., C. D. c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/LEY DE DISCAPACIDAD
El actor promovió acción de amparo contra la obra social para obtener la cobertura de una silla de ruedas postural. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, en representación de su hijo con discapacidad (parálisis cerebral, microcefalia y holoprosencefalia), promovió una acción de amparo contra la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación, a fin de obtener la cobertura en un 100% del costo de una silla de ruedas postural conforme a lo prescripto médicamente. La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Sostuvo que el derecho a la salud y a la protección de las personas con discapacidad tiene rango constitucional y convencional, por lo que corresponde brindar una cobertura integral que se ajuste a sus necesidades. Consideró que en el caso se hallaron acreditadas las patologías del menor y la necesidad de la silla de ruedas prescripta, sin que la demandada haya opuesto argumentos válidos para desplazar esa necesidad. También rechazó el planteo sobre la falta de medida para mejor proveer, por tratarse de un proceso de amparo donde la prueba documental es la más relevante.
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