P., G. G. (EN REPRESENTACION F.P.M.B.) c/ UNION PERSONAL s/PRESTACIONES MEDICAS
La actora promovió acción de amparo por la cobertura de escolaridad común para su hija con discapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción, ordenando a la obra social brindar dicha cobertura.
¿Quién es el actor?
G.G.P. en representación de su hija menor F.P.M.B.
¿A quién se demanda?
Unión Personal (obra social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de escolaridad común para la hija del actor, quien presenta discapacidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a la obra social brindar la cobertura solicitada. La Cámara resaltó que el derecho a la salud y a la educación de la niña con discapacidad se encuentra amparado por un amplio marco normativo de rango constitucional e infra constitucional, destacando la Ley 24.901 que establece un sistema de prestaciones básicas de atención integral a personas con discapacidad, incluyendo la educación. Asimismo, consideró que la obra social no acreditó haber ofrecido una alternativa educativa estatal adecuada para las necesidades de la menor, por lo que debe cubrir el costo de la escuela privada. Finalmente, confirmó la imposición de costas a la demandada vencida.
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