BRUNERO, MARIA LUJAN c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora reclamó el reajuste de sus haberes previsionales. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y diferenció el tratamiento de algunos planteos para la etapa de ejecución de sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. BRUNERO MARIA LUJAN, beneficiaria del sistema previsional, reclamó el reajuste de sus haberes.
La demandada apeló la sentencia de primera instancia, cuestionando: el recálculo del haber inicial, la actualización de los servicios autónomos incluidos en la moratoria previsional, el reajuste de la PBU y la inconstitucionalidad de diversos artículos de las leyes 24.463 y 24.241.
La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata:
- Confirmó el recálculo del haber inicial, remitiendo a sus precedentes "DIYARIAN" y "VOLONTÉ".
- Confirmó la actualización de los aportes autónomos, remitiendo al precedente "DOBIEGA".
- Revocó parcialmente la sentencia en cuanto al reajuste de la PBU, difiriendo su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, en línea con el fallo de la CSJN en "QUIROGA".
- Revocó la declaración anticipada de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 sobre topes a los haberes, difiriendo su tratamiento para la etapa de ejecución.
- Desestimó el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 9, 24, 25 y 26 de la ley 24.241 por incongruente.
- Modificó la tasa de interés aplicada, disponiendo que se liquiden conforme la tasa pasiva del BCRA.
- Impuso las costas de ambas instancias a la vencida.
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