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F; N. S. c/ I.N.S.S. J. Y P. (PAMI) s/AMPARO LEY 16.986

La actora interpuso un amparo contra la obra social demandada. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que impuso las costas a la demandada por el rechazo del recurso de apelación.

Costas Obra social Honorarios Confirmacion de sentencia Amparo


- Actor: N.S.F.
- Demandado: I.N.S.S. J. Y P. (PAMI)
- Objeto: Amparo por cobertura de una prestación
- Decisión: La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la sentencia de primera instancia que declaró abstracta la cuestión por cumplimiento del objeto y condenó en costas a la demandada. Fundamentos principales:
- El principio general de imposición de costas al vencido es de criterio objetivo, no subjetivo, y tiende a resarcir al vencedor de los gastos del proceso.
- Si bien el art. 14 de la Ley de Amparo excluye la condena en costas si cesa el acto u omisión antes de la contestación del informe, en este caso la demandada no brindó la cobertura pretendida sino hasta que se decretó la medida cautelar, por lo que corresponde aplicar el principio general.
- Las costas no son una sanción al litigante vencido, sino una modalidad resarcitoria de los gastos que el vencedor debió realizar para obtener el reconocimiento de su derecho.
- Los honorarios regulados a la letrada de la actora se ajustan a derecho, considerando la labor profesional, el resultado obtenido y la complejidad e importancia del juicio.

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