Logo

A; R. E. c/ OSFATLYF s/AFILIACIONES

El actor promovió acción de amparo para obtener su afiliación a la obra social OSFATLYF. La Cámara Federal de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social otorgar el alta del actor y su cónyuge.

Obra social Amparo Afiliacion Jubilado Decreto 292 95 Libre eleccion Reglamentacion interna Osfatlyf

Actor: R.E.A. Demandado: OSFATLYF Objeto: obtener afiliación a OSFATLYF tras obtener la jubilación Decisión: La Cámara revocó la sentencia que rechazaba la acción de amparo y ordenó a OSFATLYF otorgar el alta al actor y a su cónyuge, considerando que la negativa de OSFATLYF de aceptarlo vulneraba la normativa vigente. Los principales fundamentos fueron:
- El decreto 292/95 del PEN permite a los jubilados la libre elección de obra social, incluyendo a OSFATLYF que está inscripta para recibir jubilados.
- La reglamentación interna de OSFATLYF que exige 10 años de afiliación previa a la jubilación es contraria al decreto 292/95 y debe ceder ante esta norma superior.
- La creación del INSSJP no implica el traspaso automático de los beneficiarios, sino que requiere su opción expresa, como hizo el actor.
- Por lo tanto, la negativa de OSFATLYF de afiliar al actor fue arbitraria y lesionó sus derechos constitucionales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar