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D., J. O. c/ UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para que se ordene a la obra social reafiliarlo al plan classic sin cobro de cuotas adicionales. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social restablecer la afiliación del actor al plan original.

Obra social Derecho a la salud Amparo Derecho de opcion Continuidad afiliatoria

Que se ordene a UPCN reafiliarlo al "plan classic" sin cobro de cuotas adicionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a UPCN restablecer la afiliación del actor al "plan classic" sin cobro de aranceles adicionales. Fundamentos principales:
- El actor mantuvo su voluntad expresa de continuar afiliado a UPCN luego de jubilarse, pero la obra social se negó a mantenerlo en el "plan classic" obligándolo a adherir a un plan superador.
- La creación del INSSJYP no implicó el traspaso automático de los afiliados, quienes conservan el derecho de opción para permanecer en su obra social de origen.
- La conducta de UPCN al impedir al actor ejercer su derecho de opción fue arbitraria y vulneró sus derechos constitucionales a la salud y a la libre elección de obra social.

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