O., M. S. F. c/ FEDECAMARAS s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió amparo para obtener cobertura integral de acompañante terapéutico para su hijo. La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la obra social otorgar la cobertura solicitada.
¿Quién es el actor?
M. S. F. O. en representación de su hijo menor A. M. M. O.
¿A quién se demanda?
Obra Social de la Federación de Cámaras y Centros Comerciales Zonales de la República Argentina (FEDECAMARAS)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Obtener la cobertura del 100% de la prestación de acompañante terapéutico de lunes a viernes, 4 horas diarias, para el ámbito escolar.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la obra social otorgar la cobertura solicitada. Si la actora opta por un prestador fuera de la nómina de la obra social, la cobertura será del 40% del valor hora del módulo "Prestaciones de Apoyo" del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que ante la falta de regulación de la prestación de Acompañante Terapéutico, el módulo "Prestaciones de Apoyo" del Nomenclador resulta el más semejante al objeto de la prestación. Además, elevó los honorarios de primera instancia del letrado de la actora a 20 UMA.
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