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O.,A. I. c/ OSDE Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La actora jubilada promovió acción de amparo para mantener su afiliación y cobertura médica integral de OSDE. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción.

Obra social Derecho a la salud Jubilacion Cobertura medica Seguridad social Afiliacion


- Actor: A. I. O.
- Demandados: OSDE y OSOCNA
- Objeto: Mantener afiliación y cobertura médica integral de OSDE
- Decisión: Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a las obras sociales que mantengan la afiliación y garanticen la cobertura médica integral de la actora en los mismos términos y condiciones que tenía en actividad. Fundamentos principales:
- La jurisprudencia ha destacado que el derecho a la salud está íntimamente relacionado con el derecho a la vida y el principio de autonomía personal.
- La actora manifestó su voluntad de permanecer afiliada a OSOCNA y OSDE luego de su jubilación, pero OSOCNA se negó argumentando los Decretos 292/95 y 492/95, lo cual fue rechazado por el tribunal.
- La decisión impuesta a OSOCNA de recibir los aportes de la actora y derivarlos a OSDE no le genera perjuicio, ya que no la obliga a brindar el servicio médico sin contraprestación.
- Corresponde imponer costas a la obra social vencida, al haber la actora debido recurrir a la vía judicial para ejercer su derecho a permanecer en la obra social.

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