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PERALTA, OLGA JUANA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de La Plata confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que declaró inconstitucionales ciertas normas que afectaban el cálculo de la movilidad de la prestación.

Inconstitucionalidad Seguridad social Reajuste de haberes Movilidad jubilatoria Ripte Isbic


- Actora: Olga Juana Peralta

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró inconstitucional el art. 2 de la ley 27.426 por aplicar retroactivamente una nueva fórmula de movilidad a períodos regidos por la anterior ley 26.417. Rechazó la aplicación del índice RIPTE y ordenó utilizar el ISBIC para el cálculo del haber inicial. Fundamentos relevantes:
- La aplicación retroactiva del art. 2 de la ley 27.426 a períodos regidos por la ley 26.417 es inconstitucional, ya que modifica efectos jurídicos anteriores a su entrada en vigor.
- El índice RIPTE, dispuesto por la ley 27.260 y normas reglamentarias, no resulta aplicable a este caso, dado que el actor no adhirió al Programa de Reparación Histórica.
- Corresponde aplicar el ISBIC para el reajuste de las remuneraciones hasta la entrada en vigencia de la ley 26.417, y desde entonces el índice previsto en el art. 32 de la ley 24.241.

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