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R., A. O. c/ LUZ MEDICA (OSTEE) s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo contra la obra social reclamando la cobertura de la internación de su madre. La Cámara Federal modificó la sentencia y aclaró el límite de la cobertura que corresponde a la obra social.

Obra social Discapacidad Cobertura medica Amparo Geriatrico Persona mayor Nomenclador


¿Quién es el actor?

Ángel Omar Resa, en representación de su madre M.L.F.

¿A quién se demanda?

LUZ MEDICA (OSTEE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la cobertura del 100% de la internación de la madre del actor en el Geriátrico Las Margaritas y de los tratamientos, medicación y restitución de gastos previos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la acción de amparo y se ordenó a la obra social cubrir los gastos de internación según el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, con el límite del monto que la obra social abone a los prestadores de su cartilla con similares características.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho a la salud y a la vida digna de las personas mayores y con discapacidad tiene rango constitucional y convencional.
- Si bien la obra social debe cubrir las prestaciones básicas, no está obligada a abonar el 100% de cualquier prestación solicitada fuera de su cartilla.
- Corresponde una cobertura que concilie los derechos en juego, con un límite objetivo como el Nomenclador de Prestaciones Básicas.

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