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R., P. M. c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La actora reclamó el mantenimiento de su afiliación a la obra social y la cobertura médica integral tras obtener su beneficio jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó a las demandadas mantener la afiliación y garantizar la cobertura.

Obra social Derecho a la salud Jubilacion Cobertura medica Seguridad social Persona mayor Afiliacion

Mantener afiliación y cobertura médica integral tras obtener el beneficio jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Ordenó a las demandadas mantener la afiliación y garantizar la cobertura médica de la actora en los mismos términos que durante su actividad laboral. La Cámara Federal consideró que el marco normativo actual (leyes 19.032, 23.660 y 23.661) permite a la jubilada escoger un agente de salud diferente al PAMI sin que se produzca una desafiliación automática. Destacó que los derechos a la vida y a la salud son prioritarios y deben ser garantizados, en especial tratándose de una persona mayor.

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