ROSATO, SILVINA MARIA c/ OBRA SOCIAL DE COMISARIOS NAVALES - OSOCNA - Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social y la empresa de medicina prepaga tras obtener el beneficio jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Silvina María Rosato, es afiliada de la Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y contrató el plan superador "OSDE 310" con la empresa de medicina prepaga OSDE.
- Luego de obtener el beneficio jubilatorio, Rosato manifestó a OSOCNA y OSDE su voluntad de permanecer afiliada junto a su grupo familiar en las mismas condiciones que antes de jubilarse, a través de la derivación de los aportes de su haber previsional. Ambas demandadas rechazaron esa posibilidad.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo, reconociendo el derecho de Rosato y su grupo familiar a permanecer afiliados a OSOCNA y OSDE en las mismas condiciones que antes de la jubilación.
- La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia. Consideró que la jubilación de Rosato no implicaba su pase automático al PAMI, sino que podía continuar en la obra social a la que pertenecía en actividad, mediante la derivación de los aportes de su haber previsional. Rechazó los agravios de las demandadas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: