SALOTTO, LAURA MATILDE c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL EMPRESARIO, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS (OSDEPYM) Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió una acción de amparo para que se ordene a las obras sociales que la mantengan afiliada luego de obtener su jubilación. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción.
¿Quién es el actor?
Laura Matilde Salotto
- Demandados: Obra Social del Personal Empresario, Profesionales y Monotributistas (OSDEPYM) y Obra Social de Empresarios para Pilotos de Líneas Aéreas Comerciales y Regulares (OSPLA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantener la afiliación de la actora y su hijo a las obras sociales luego de que la actora obtenga su jubilación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a las obras sociales que mantengan la afiliación de la actora y su hijo, con la derivación de aportes correspondientes, sin carencias y sin tener que abonar conceptos análogos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El derecho a la salud, especialmente en enfermedades graves, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida y el principio de autonomía personal. Las leyes 19.032, 23.660 y 23.665 consagran que las personas jubiladas pueden permanecer afiliadas a las obras sociales a las que pertenecían durante su vida activa, por opción propia. Por lo tanto, no corresponde privar a la actora de la cobertura médica que venía recibiendo a través de las obras sociales demandadas.
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