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R, J Y OTRO c/ OSMAD s/PRESTACIONES MEDICAS

Padres de menor inician acción de amparo para obtener cobertura de lentes de sol. La Cámara Federal de Apelaciones modifica la sentencia y ordena a la obra social cubrir la totalidad del costo de los lentes.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Los Sres. R. J. y Y. A., en representación de su hija menor de edad S.Y., iniciaron una acción de amparo contra la Obra Social Maderera (OSMAD) con el fin de obtener la cobertura total e integral de lentes de sol con filtro de absorción, prestación que fue prescripta a su hija que presenta diagnóstico de Cardiopatía congénita, encefalopatía crónica no evolutiva. La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y resolvió:
- Imponer las costas de la instancia anterior a la demandada perdidosa, en virtud del principio objetivo de la derrota.
- Regular los honorarios profesionales de la letrada patrocinante de la parte actora en el monto equivalente a 20 UMA, de conformidad a lo establecido en los arts. 16 y 48 de la Ley Arancelaria N° 27.423.
- Imponer las costas de la Alzada a la demandada perdidosa, y regular los honorarios de las partes de acuerdo a lo establecido en el art. 30 de la Ley 27.423. La Cámara consideró que correspondía la imposición de costas a la demandada por cuanto la actora se vio obligada a litigar para obtener la cobertura solicitada, al no haber sido respondida en sede administrativa. Además, entendió que los honorarios de la letrada debían regularse conforme el mínimo de 20 UMA previsto en la Ley Arancelaria por tratarse de una acción de amparo no susceptible de apreciación pecuniaria.

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