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BUSSO, ADRIANA MARCELA c/ A.N.S.E.S. s/PENSIONES

La viuda promovió demanda por pensión por fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, reconociendo que el causante cumplía con los requisitos proporcionales a su vida laboral para acceder a la pensión.

Proporcionalidad Anses Pension por fallecimiento Regularidad de aportes Vida laboral


¿Quién es el actor?

Adriana Marcela Busso

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del derecho a pensión por fallecimiento de su cónyuge

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, ordenando a ANSES que dicte una nueva resolución otorgando la pensión a la viuda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 95 de la Ley 24.241 establece como condición para la pensión por fallecimiento que el causante se encuentre efectuando regularmente aportes.
- La jurisprudencia ha establecido que la regularidad debe valorarse sobre los lapsos de tiempo trabajados, no solo sobre un período que no pudo completarse por el fallecimiento.
- Según el fallo "Pinto" de la CSJN, cuando el causante fallece antes de los 65 años, se debe calcular la proporcionalidad de aportes sobre una vida laboral de 47 años.
- El causante acreditó 17 años y 10 meses de aportes, que representa el 100% de los años exigibles proporcionalmente a su vida útil. Por lo tanto, corresponde reconocerle el carácter de aportante irregular con derecho.

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