OSSES ROJAS, JEANNETTE c/ ANSES s/RENTA VITALICIA PREVISIONAL
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES el pago de diferencias e intereses y del haber actualizado de pensión a la actora, rechazando los agravios planteados por la demandada.
Ejecución de resolución previa que ordenaba el pago de diferencias e intereses y del haber actualizado de pensión
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la ejecución de la resolución previa, rechazando los agravios de la ANSES sobre presuntos errores en la liquidación, en la consideración del impuesto a las ganancias y en el plazo fijado para el cumplimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El informe del Contador concluyó que la liquidación aprobada en primera instancia se ajusta a lo dispuesto en la sentencia.
- Respecto al impuesto a las ganancias, la Cámara remitió a la doctrina establecida por la CSJN en el precedente "García, María Isabel".
- En cuanto al plazo, la Cámara consideró que en ejecución de sentencia previsional no resulta aplicable el plazo de 120 días hábiles previsto para el cumplimiento de sentencias condenatorias contra la ANSES, debiendo garantizarse un acceso efectivo a la justicia en un plazo razonable.
- Se impusieron las costas de Alzada a la demandada perdidosa.
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