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MARTINEZ, EDUARDO ADRIAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes en su jubilación. La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de ciertas normas de reducción de haberes pero rechazando otros agravios.

Impuesto a las ganancias Jubilacion Movilidad Reajuste Constitucionalidad Ley 20 628 Ley 27 541 Ley 24 463 Ley 27 609 Ley 27 426 Topes

Reajustes de la jubilación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Rechazó los planteos de inconstitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609 sobre movilidad jubilatoria. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 9 inc. 3 de la ley 24.463 en caso de resultar confiscatorio. Declaró la inconstitucionalidad del artículo 82 inc. c de la ley 20.628 sobre impuesto a las ganancias. Ordenó el reajuste de haberes por movilidad y el pago retroactivo con intereses. Fundamentos principales:
- La movilidad jubilatoria debe ejercerse conforme a la ley y en armonía con otros derechos. No hay derecho adquirido a mantener una determinada fórmula, que puede mutar por variables coyunturales, siempre que no implique confiscatoriedad o regresividad.
- Respecto a las leyes 27.426, 27.541 y 27.609, la aplicación de esas normas no se comprobó que afecte tangiblemente la movilidad, por lo que se confirma su constitucionalidad.
- La declaración de inconstitucionalidad del artículo 9 inc. 3 de la ley 24.463 es procedente solo si su aplicación resulta confiscatoria.
- Procede declarar la inconstitucionalidad del artículo 82 inc. c de la ley 20.628 cuando el haber reajustado supere el mínimo no imponible.

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