G.D.S., / c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986
Madre de niño con autismo reclama cobertura de prestaciones de salud, escolaridad y acompañamiento terapéutico. La Cámara confirmó parcialmente la decisión de primera instancia.
Cobertura de consultas con pediatra del desarrollo, pañales, hidroterapia, escolaridad, acompañamiento terapéutico y sesiones de psicopedagogía.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenando a OSDE brindar la cobertura de consultas, pañales, hidroterapia, pero se rechazó lo relativo a escolaridad, acompañamiento terapéutico y sesiones de psicopedagogía.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños y la Convención sobre los Derechos del Niño obligan a atender el interés superior del menor.
- Las leyes 24.901 y 22.431 consagran la protección integral de las personas con discapacidad, imponiendo a los agentes de salud el deber de cubrir las prestaciones enumeradas en dichas normas.
- Se consideró que OSDE demostró que las instituciones educativas ofrecidas son acordes a las necesidades del niño, por lo que no correspondía ordenar la cobertura de la escolaridad en la institución indicada por la médica tratante.
- En cuanto al acompañamiento terapéutico, no se acreditó que OSDE haya negado su cobertura o interrumpido la prestación.
- Respecto a las sesiones de psicopedagogía, OSDE logró acreditar que cuenta con prestadores propios disponibles, por lo que el reintegro otorgado no resulta arbitrario.
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