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G.D.S., / c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986

Madre de niño con autismo reclama cobertura de prestaciones de salud, escolaridad y acompañamiento terapéutico. La Cámara confirmó parcialmente la decisión de primera instancia.

Discapacidad Interes superior del nino Acompanamiento terapeutico Cobertura de salud Psicopedagogia Escolaridad Autismo

Cobertura de consultas con pediatra del desarrollo, pañales, hidroterapia, escolaridad, acompañamiento terapéutico y sesiones de psicopedagogía.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenando a OSDE brindar la cobertura de consultas, pañales, hidroterapia, pero se rechazó lo relativo a escolaridad, acompañamiento terapéutico y sesiones de psicopedagogía.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños y la Convención sobre los Derechos del Niño obligan a atender el interés superior del menor.
- Las leyes 24.901 y 22.431 consagran la protección integral de las personas con discapacidad, imponiendo a los agentes de salud el deber de cubrir las prestaciones enumeradas en dichas normas.
- Se consideró que OSDE demostró que las instituciones educativas ofrecidas son acordes a las necesidades del niño, por lo que no correspondía ordenar la cobertura de la escolaridad en la institución indicada por la médica tratante.
- En cuanto al acompañamiento terapéutico, no se acreditó que OSDE haya negado su cobertura o interrumpido la prestación.
- Respecto a las sesiones de psicopedagogía, OSDE logró acreditar que cuenta con prestadores propios disponibles, por lo que el reintegro otorgado no resulta arbitrario.

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