VEGA HERMOSILLA, EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó por reajustes de su beneficio previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el recálculo del haber inicial conforme los precedentes de la CSJN, aunque difirió el tratamiento de la actualización de la Prestación Básica Universal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El actor obtuvo un beneficio previsional bajo la ley 24.241 y demandó por reajustes.
- En primera instancia, el juez ordenó el reajuste del haber y su movilidad conforme a precedentes de la CSJN, difirió el tratamiento del pedido de reajuste de la PBU, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 26 de la ley 24.241 y 9 inc. 3 de la ley 24.463 ante eventual confiscatoriedad, y admitió la excepción de prescripción.
- Ambas partes apelaron.
- La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad del decreto 807/2016 sobre la actualización de remuneraciones, aplicando los precedentes "Elliff" y "Blanco" de la CSJN. Respecto a los aportes autónomos, confirmó su cómputo sin limitaciones conforme "Volonté" y "Makler".
- En cuanto a la PBU, difirió su tratamiento a la etapa de ejecución, debiendo acreditarse la confiscatoriedad de su falta de actualización, aplicando la doctrina de "Quiroga".
- Sobre movilidad, rechazó los planteos de inconstitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.541, salvo en lo resuelto en "Martínez".
- Confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los topes del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 y art. 26 de la ley 24.241 ante confiscatoriedad.
- Impuso las costas a la demandada vencida, declarando inconstitucional el DNU 157/2018.
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