Logo

ESCOBAR ACUÑA HUMILDE, ECILDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora solicitó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, admitiendo el reajuste por movilidad del haber conforme a la doctrina establecida en el precedente Martínez.

Ley 27 541 Precedente martinez Reajuste jubilatorio Ley 27 426 Movilidad previsional Bonos de movilidad


¿Quién es el actor?

Ecilda Escobar Acuña Humilde

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, admitiendo el reajuste por movilidad del haber conforme a la doctrina establecida en el precedente "Martínez". Rechazó los planteos de inconstitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.541 y los cuestionamientos a los bonos otorgados por el Estado. Fundamentos principales:
- La declaración de inconstitucionalidad es una medida de última ratio que debe estar debidamente fundada.
- La movilidad jubilatoria, como todo derecho constitucional, debe ejercerse conforme a las leyes que lo reglamentan y en armonía con otros derechos.
- No existe un derecho adquirido a mantener una determinada fórmula de movilidad, la cual puede variar según la evolución de diversas variables, siempre que el cambio no implique confiscatoriedad o regresividad.
- La sentencia recurrida resolvió de conformidad con el precedente "Martínez" dictado por esta Cámara Federal.
- La actora no demostró un perjuicio concreto respecto a los bonos otorgados con posterioridad a la ley 27.609.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar