SPALETTI, RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes de movilidad. La Cámara Federal de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia al rechazo de la apelación de la demandada.
Reajustes por movilidad en haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción de prescripción, aplicó los precedentes "Martínez" y "Spitale", y ordenó a ANSES integrar el haber previsional de diciembre 2020 con la diferencia del aumento por movilidad que correspondía según la ley 27.426. Además, declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y establece que las costas de la instancia de apelación deben ser soportadas por la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La jueza de grado resolvió conforme al precedente "Martínez" de esta Cámara.
- En caso de que el reajuste dispuesto arroje una prestación inferior a la determinada por ANSES, corresponde estarse a esta última, según lo resuelto por la CSJN en "Padilla".
- Corresponde diferir el tratamiento del límite que impide todo reconocimiento de un monto mensual del beneficio que supere el haber de actividad, conforme a jurisprudencia de la CSJN.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se imponen las costas de la instancia de apelación a la demandada vencida, de acuerdo al criterio y fundamentos establecidos por la CSJN en "Morales" y por este Tribunal en "Lloret".
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