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G, J.E. c/ INSSJP s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para obtener cobertura de acompañante terapéutico escolar y domiciliario para su hijo menor con discapacidad. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que ordenó al INSSJP brindar la cobertura de las prestaciones indicadas por el médico tratante.

Discapacidad Acompanamiento terapeutico Epilepsia Convencion sobre derechos del nino Ley 24 901 Convencion sobre derechos de las personas con discapacidad


¿Quién es el actor?

E. D. G., por derecho propio y en representación de su hijo menor de edad J. E. G.

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener cobertura de acompañante terapéutico escolar y domiciliario para su hijo menor con discapacidad La Cámara consideró que el menor cuenta con un Certificado de Discapacidad y presenta epilepsia, compromiso intelectual y motor, por lo que los informes médicos justifican la necesidad del acompañamiento terapéutico prescripto. Señaló que la obra social tiene la obligación legal de cubrir las prestaciones básicas para personas con discapacidad, entre las que se encuentra el acompañamiento terapéutico, más allá de que se encuadre en el área de salud mental o de discapacidad. Por lo tanto, confirmó la sentencia que ordenó al INSSJP brindar la cobertura solicitada.

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