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SIGUERO, JUAN DOMINGO c/ CAJA DE RETIROS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA PFA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

El actor reclamó el adicional por zona austral previsto en la ley 19.485, y la Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia que le reconoció el derecho a percibirlo en su haber de retiro.

Seguridad social Igualdad Bonificacion Retiro Ley 19 485 Adicional zona austral Residente zona beneficiada Pensiones no contributivas

Adicional por zona austral previsto en la ley 19.485

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo del actor y ordenó a la demandada a incorporar y abonar mensualmente el coeficiente de bonificación del 1,40 en el haber de retiro del actor, con retroactividad. Fundamentos principales:
- La modificación del DNU 1472/2008 a la ley 19.485 eliminó la referencia a "Cajas Nacionales de Previsión", por lo que el derecho al adicional por zona austral se extiende a todo beneficiario de prestación previsional de jurisdicción nacional que resida en la zona beneficiada, sin distinción del organismo pagador.
- La falta de contribución al sistema previsional no impide el acceso al beneficio, dado que la ley incorporó expresamente a las pensiones no contributivas.
- Una interpretación restrictiva atentaría contra los principios de igualdad y de la seguridad social.

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