Deluca Maria P C/fundacion Universidad De Belgrano S/despido
Trabajadora demandó a fundación por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo parcialmente el monto de la condena.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- ACTOR: Deluca María Paola
- DEMANDADO: Fundación Universidad de Belgrano
- OBJETO: Demanda por despido indirecto
- DECISIÓN: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando la multa prevista en el art. 80 LCT pero confirmando los demás aspectos de la condena.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La propia demandada reconoció el carácter laboral del vínculo, por lo que no corresponde apartarse de esa conclusión.
- Respecto al pago de salarios durante la enfermedad, la demandada no ejerció el control previsto en el art. 210 LCT.
- Sobre el pago de vacaciones, la Cámara consideró acreditado que la actora tenía derecho a cobrarlas.
- En cuanto a la multa por falta de registro, la Cámara entendió que la demandada no cumplió adecuadamente con dicha obligación.
- Sin embargo, revocó la multa del art. 80 LCT, por considerar que se cumplió la obligación de entregar el certificado de trabajo.
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