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DENUNCIADO: M., M. H. M. Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA

Tres imputados fueron condenados por operar una casa de cambio ilegal. La Cámara confirmó parcialmente las sanciones de multa impuestas.

Multa Reformatio in pejus Regimen penal cambiario Casa de cambio ilegal Ley 19 359

Infracciones a la Ley de Régimen Penal Cambiario por operar en cambios sin autorización

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó las condenas y montos de multa impuestos, con excepción de reducir los montos de las multas por aplicación de la prohibición de la reformatio in pejus.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó que en el local de los imputados se realizaban operaciones de cambio de divisas sin autorización del BCRA, constituyendo infracciones al art. 1 inc. b) de la Ley 19.359.
- La participación de los imputados quedó demostrada por su presencia en el local, el acondicionamiento del mismo para la actividad ilegal, y las diversas inspecciones y procedimientos que lo constataron.
- Si bien las sanciones parecerían excesivas, no corresponde modificarlas en perjuicio de los imputados por aplicación de la prohibición de reformatio in pejus.

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