IMPUTADO: X. S. J. S.A. Y OTRO s/INFRACCION LEY 19.359 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA
El actor promovió demanda por infracciones a la ley de régimen penal cambiario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico revocó parcialmente la sentencia, aplicando el principio de retroactividad de la ley penal más benigna.
¿Quién es el actor?
X. S. J. S.A. y P. B. A. C.
¿A quién se demanda?
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¿Cuál es el objeto del reclamo?
Infracciones a la ley de régimen penal cambiario por falta de ingreso y negociación oportuna de divisas correspondientes a operaciones de exportación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia, absolviendo a los imputados por ciertas operaciones al aplicar retroactivamente el Decreto 893/2017 que derogó la obligación de ingresar y negociar las divisas en el mercado único de cambios, por ser esta norma más benigna.
Los fundamentos principales fueron:
- La retroactividad de la ley penal más benigna es aplicable a modificaciones de normas extrapenales que complementan tipos penales en blanco, conforme a la doctrina de la CSJN en "Cristalux" y "Docuprint".
- Respecto de algunas operaciones, se declaró extinguida la acción penal por prescripción.
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