GIRARDI HERNAN LUIS c/ ANSES s/JUBILACION Y RETIRO POR INVALIDEZ
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la resolución de la Comisión Médica Central que denegó la pensión por invalidez y ordena a la ANSeS que se pronuncie sobre el otorgamiento del beneficio, confirmando la existencia de incapacidad laboral del 70% para fines previsionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Hernán Luis Girardi, interpuso recurso contra la resolución de la Comisión Médica Central que consideró no acreditado el requisito de invalidez para acceder a la jubilación por invalidez. La Cámara analiza el informe de incapacidad laboral del 70% emitido por la organismo competente, que fue considerado válido y determinante de la verdad jurídica, y que no fue desvirtuado por las partes. La Cámara revoca la decisión de la Comisión y reconoce que el actor cumple con los requisitos del art. 48 de la ley 24241, ordenando a la ANSeS que se pronuncie y otorgue la prestación en un plazo de 90 días, remitiendo las actuaciones a la Comisión Médica Central para su seguimiento. El tribunal fundamenta que "el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa", y que "contrariamente a lo decidido por la C.M.C., corresponde declarar que quien demanda reúne las condiciones exigidas por el inciso a) del art. 48 de la ley 24241".
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