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AMUCHASTEGUI RODOLFO JUAN Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda de incorporación de sumas por decretos 1104/05 y 1095/06, y eleva los honorarios profesionales en un 15%. La decisión se fundamenta en la doctrina consolidada y precedentes del máximo tribunal, reafirmando la interpretación sobre el carácter remunerativo del adicional transitorio y la correcta regulación de costas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, representada por su letrada, reclamó la incorporación en su haber de retiro de las sumas establecidas por los decretos 1104/05, 1095/06 y sus modificatorios. La sentencia inicial hizo lugar a la demanda, considerando que el carácter de esas sumas es remunerativo y bonificable, en línea con la jurisprudencia consolidada, incluyendo la sentencia del 14/04/2011 en autos “Enriquez, Florentino y Otros c/ Estado Nacional” y precedente de la Corte Suprema en “Salas, Pedro Angel y Otros”. La Cámara confirma dicha decisión y ajusta los honorarios a un 15% del monto de la liquidación, en atención a la complejidad y mérito del caso. Además, ratifica la regulación de costas en la alzada en orden causado. La resolución se fundamenta en que la argumentación de la parte apelante no alteró la doctrina aplicada ni presentó agravios que ameriten revocar la sentencia.

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