PEREZ HELVECIA c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de primera instancia que otorgó la pensión solicitada a la actora, rechazando los argumentos del organismo rechazante respecto a la convivencia y ratificando la valoración de las pruebas. La sentencia además revocó parcialmente la resolución impugnada, manteniendo el resto de lo resuelto, y dispuso costas a la demandada vencida, además de regular honorarios en la instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora demandó a la ANSES solicitando la percepción de una pensión, basándose en la convivencia en aparente matrimonio con el causante durante más de cinco años. La sentencia de grado hizo lugar a su reclamo, ordenando al organismo emitir un nuevo pronunciamiento en ese plazo. La ANSES apeló argumentando que no se acreditó la convivencia en los términos del art. 53 de la ley 24.241 y cuestionó la valoración de la prueba. La Sala analizó las pruebas producidas en autos, incluyendo testimoniales y documentales, concluyendo que la convivencia había sido debidamente acreditada, en línea con lo dispuesto en el decreto 1290/94, que reglamenta la prueba de convivencia. La Cámara sostuvo que la valoración de las pruebas fue correcta y que la prueba testimonial corroborada por documentación cumplió con los requisitos legales. Además, la Sala confirmó la tasa de interés aplicable a las sumas devengadas, revocando la regulación de honorarios y costas en la instancia de grado, y ordenando su devolución al juzgado de origen para la liquidación. Los jueces Carnota, Dorado y Fantini Albarrenque coincidieron en la decisión.
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