TRAVACIO, GUSTAVO ARIEL c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la decisión de la Comisión Médica Central y reconoce la incapacidad del solicitante para acceder a la jubilación por invalidez, fundamentándose en un informe médico que determina una incapacidad del 70% basada en síndrome de Parkinson.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Gustavo Ariel Travacio, demanda el reconocimiento de la jubilación por invalidez. La Comisión Médica Central había determinado que su incapacidad era inferior al 40%, por lo cual negó el beneficio. La Cámara, tras remitir las actuaciones al Cuerpo Médico Forense, recibe un informe que establece una incapacidad del 70% por síndrome de Parkinson, lo que cumple con los requisitos del art. 48 de la ley 24.241. La sentencia señala: “El informe del Cuerpo Médico Forense reúne, los recaudos necesarios de una correcta peritación médica, enuncia claramente los hechos, es fundado, determina con certeza el estado de salud del recurrente, valora las constancias médicas obrantes en autos y funda la opinión técnica a que llega con seriedad y objetividad científica (CPCCN, 477).” Además, se destaca que los profesionales del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de justicia, y su informe constituye un asesoramiento técnico imparcial y serio. La decisión concluye: “Conforme a lo señalado, se encuentran acreditados los recaudos exigidos por el art.48 de la Ley 24.241 para otorgar la jubilación por invalidez solicitada.” La sentencia revoca el dictamen previo y declara la incapacidad del actor en los términos del art.48 de la ley 24.241, ordenando el pago de honorarios profesionales y costas.
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