CARNERO HECTOR JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 y ratificó la aplicación del índice de salarios básicos de la industria y la construcción para la actualización de las prestaciones previsionales. La decisión fundamentó que la normativa cuestionada excede las facultades del Poder Ejecutivo y corresponde al Congreso establecer el índice de actualización, garantizando así el respeto del art. 14 bis de la Constitución Nacional y los derechos sociales de los beneficiarios. Además, se dispuso que la demandada abone las diferencias en las sumas percibidas por la actora respecto del cálculo correcto, y se confirmó la validez del método de actualización de remuneraciones establecido por la ley 26.417 a partir de marzo de 2008. La resolución también reiteró la constitucionalidad de las fórmulas de cálculo y la inadmisibilidad de los cambios unilaterales en los índices sin intervención legislativa, reforzando la jurisprudencia en materia de derechos previsionales y control de constitucionalidad de las normas administrativas. Fundamentos principales de la decisión: “En virtud de que la fijación del índice de actualización no puede considerarse incluida dentro de las atribuciones genéricas que la ley 24.241 –texto según ley 26.417- reconoce en cabeza de la ANSeS, ni dentro de la facultad específica otorgada a la Secretaría de la Seguridad Social (art. 36 y art. 24, inciso a). La elección de la variable de ajuste no es un aspecto menor, de detalle, referente al cumplimiento del régimen de jubilaciones, sino que tiene incidencia directa sobre el contenido económico de las prestaciones, afectando derechos constitucionales.” “Al no hallarse la determinación del índice de actualización dentro del poder reglamentario del art. 36 de la ley 24.241 y haberse dictado la resolución nº 56/2018 después de la vigencia de la ley 26.417, la ANSeS se ha arrogado una facultad que ya no poseía, contraviniendo el art. 14 bis de la Constitución Nacional, y la competencia del Congreso en establecer el índice de actualización.” “Por ello, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Dto. 807/16, en línea con los precedentes de la Corte Suprema y la jurisprudencia de esta Sala, confirmando que la actualización de las remuneraciones debe hacerse conforme a los índices definidos por ley y no por resoluciones administrativas sin competencia legislativa.”
Recurso de apelacion
Inconstitucionalidad
Jurisprudencia
Constitucionalidad
Derechos sociales
Indice de salarios
Actualizacion previsional
Ley 24.241
Seguridad social.
Decreto 807/16
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