CENIZZE HUGO ADRIAN Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad del Decreto 380/17 y ratificó que los suplementos función policial operativa y función técnica de apoyo tienen carácter remunerativo y bonificable, ordenando a la demandada incorporar dichas acreencias en los haberes de pasividad en el plazo de 90 días.
- Quién demanda: Hugo Adrián Cenizze y otros
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
incorporación en el haber de retiro de los aumentos por Decreto 380/17, con carácter remunerativo y bonificable
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la validez del carácter remunerativo y bonificable del decreto, y ordenó a la demandada incorporar dichas sumas en 90 días, considerando que la obligación está en línea con las normas presupuestarias vigentes
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia del Tribunal Supremo en "CAF 18184/2018/CA1-CS1 Di Nanno" sostuvo que los suplementos creados por el Decreto 380/17 otorgaron un aumento generalizado al personal policial en actividad, con una base económica significativa, por lo que tienen carácter remunerativo y bonificable, y deben reflejarse en los haberes de los pasivos. La interpretación del decreto como de carácter no bonificable fue rechazada, reafirmando que su alcance es remuneratorio. Además, en relación a la prescripción, se desestimó la aplicación del plazo de un año, y se ratificó la validez del plazo de 90 días para la incorporación de las sumas y liquidaciones. El tribunal también confirmó la imposición de costas a la demandada en la alzada y diferirá la regulación de honorarios para una etapa posterior.
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