TRICARICO HUGO DOMINGO c/ CAJA-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de incorporación de aumentos por decreto 380/17 en los haberes de retiro, sosteniendo que dichos suplementos tienen carácter remunerativo y bonificable, en línea con precedentes del Tribunal, y revocó parcialmente la orden de pago en 90 días, ajustándose a las normas presupuestarias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor demandó la incorporación en sus haberes de retiro de los aumentos establecidos por el decreto 380/17, reclamando que dichos suplementos, creados para el personal en actividad, deben también reflejarse en los pasivos, dado que revisten carácter remunerativo y bonificable. La Cámara confirmó la sentencia de grado, fundamentando que los suplementos “función policial operativa” y “función técnica de apoyo” otorgados por dicho decreto implicaron un aumento generalizado y significativo al personal policial en actividad, por lo que deben considerarse remunerativos y bonificables, y por ende, reflejados en los haberes del personal en pasividad. Además, la sentencia abordó la prescripción, desestimando que los créditos tengan un plazo de un año, y sostuvo que la obligación de practicar la liquidación y pagar dentro de los plazos legales y presupuestarios es conforme a las normas vigentes, revocando parcialmente la orden de pago en 90 días. Finalmente, las costas en la alzada fueron impuestas a la demandada, y se regularon los honorarios del letrado de la parte actora en un 30% de lo que en definitiva se determine en primera instancia. La Sala reafirmó que la interpretación del decreto 380/17 y su carácter remunerativo, así como el cumplimiento de las obligaciones presupuestarias, corresponden a la competencia del tribunal, y que la jurisprudencia del Tribunal Supremo respalda la decisión.
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