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ISAAC RAMON ELEAZAR Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - M. DE SEGURIDAD - CAJA DE POLICIA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la declaración de inconstitucionalidad del aumento del aporte previsional del 8% al 11% dispuesto por el Decreto 679/97, considerando que la modificación de normas posteriores no vulnera derechos adquiridos, y sostuvo que la modificación responde a interés colectivo.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Jurisprudencia Seguridad social Corte suprema Derechos adquiridos Constitucionalidad Aportes previsionales Modificacion normativa Decreto 679/97


- Quién demanda: Actores (personal militar y civil de las FFAA y de Seg.)

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- M. de Seguridad
- Caja de Policía

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese de los descuentos por aportes previsionales y declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97, que incrementó el aporte del 8% al 11%.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la inconstitucionalidad del artículo 1 inc. a) del Decreto 679/97, que aumentaba el aporte previsional al 11%. La Sala sostuvo que la Corte Suprema, en recientes fallos, rechazó la existencia de derechos adquiridos frente a modificaciones normativas de igual jerarquía, y que la modificación responde a interés colectivo. La sentencia también confirmó la declaratoria de prescripción de créditos previos a dos años, la imposición de costas a la demandada vencida, y reguló honorarios en el 30% de lo que corresponda en instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que resultaba de aplicación la doctrina de que la modificación de una norma por otra posterior de la misma jerarquía no da lugar a cuestión constitucional dado que nadie tiene derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos, especialmente cuando la carga adicional se sustenta en razones de interés colectivo y carácter asistencial." "Asimismo, la Corte desestimó los planteos que alegaban afectación del derecho de igualdad, argumentando que el sistema de cálculo y movilidad de haberes es diferente y no configura privilegios que vulneren la garantía del artículo 16 de la Constitución Nacional." "En relación a la constitucionalidad del Decreto 679/97, la Corte sostuvo que sus fundamentos revelaban la intención de modificar de forma permanente el sistema previsional, y concluyó que no se satisfacían los recaudos constitucionales para la facultad del Ejecutivo en este caso."

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