Logo

RODRIGUEZ ARACELI ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia en un reclamo por reajustes previsionales y establece parámetros para el análisis de la movilidad del haber, confirmando la constitucionalidad de las leyes de movilidad y estableciendo honorarios del 30% de lo regulado en la instancia anterior.

Honorarios Recursos de apelacion Impugnacion Seguridad social Constitucionalidad Jubilaciones Reajustes previsionales Movilidad del haber Ley 24.241 Ley 27.426

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Araceli Rosa Rodriguez, reclama reajustes en su beneficio previsional otorgado el 26/9/2018, argumentando que las políticas de movilidad y actualización de la PBU (Pensión Base Uniforme) vulneran derechos constitucionales y legales. La sentencia de primera instancia fue apelada por ambas partes, y la Sala analiza los agravios relativos a la actualización de la PBU, la movilidad del haber, la constitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.541, y la exención del impuesto a las ganancias. El tribunal recuerda que los precedentes “Quiroga”, “Sandoval” y “Pichersky” establecieron que la incidencia de la ausencia de incrementos en componentes específicos de la jubilación y su posible carácter confiscatorio deben analizarse en la etapa de ejecución, mediante comparación con índices oficiales y en función del total del haber percibido. La sentencia señala que la comparación debe realizarse sobre el total del haber inicial percibido, considerando si fue reajustado o no. Además, reafirma que la movilidad del haber y su actualización deben ajustarse estrictamente a las leyes y normas constitucionales, sin reabrir en esta etapa cuestiones constitucionales que corresponden al Congreso. Respecto a la constitucionalidad de las políticas de movilidad, el tribunal ratifica que el análisis de estas cuestiones debe posponerse para la etapa de ejecución, en atención a la normativa vigente y a los precedentes de la Corte Suprema que sostienen que la fijación de pautas de movilidad corresponde al Congreso. También se analiza la exención del impuesto a las ganancias, resaltando que la protección constitucional del grupo vulnerable de jubilados justifica la interpretación que favorece la igualdad real y la protección social. El tribunal revoca parcialmente la sentencia anterior, confirmando la constitucionalidad de las leyes de movilidad y estableciendo que en la etapa de ejecución se analizará la irrazonabilidad de ciertos topes y la aplicación del art. 9 de la ley 24.463, siempre en función de los parámetros legales y constitucionales. Además, se regulan honorarios en un 30% de lo regulado en la instancia anterior y se declaran admisibles los recursos.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar