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MAZZOCCHI CAROLINA ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y confirmó el rechazo de los agravios relacionados con la actualización y movilidad de la prestación previsional, fundamentando su decisión en la constitucionalidad y aplicabilidad de las normas legales vigentes.

Recurso de apelacion Seguridad social Constitucionalidad Prestaciones previsionales Movilidad de haberes Reajustes previsionales Computo definitivo Actualizacion de jubilaciones Normas legales vigentes Ley 27.426 y 27.609

Actor: Carolina Rosa Mazzocchi Demandado: ANSES Objeto: Reajustes diversos en el beneficio previsional, actualización del haber inicial, movilidad y otros ajustes. Decisión: La Cámara revoca parcialmente la sentencia anterior y confirma la validez de las disposiciones legales aplicadas, rechazando los agravios sobre la actualización de la PBU, movilidad, y otros aspectos. Además, impone costas por su orden y regula honorarios en el 30% de lo regulado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tribunal analiza la constitucionalidad y vigencia de las normas legales vigentes, en especial las leyes 27.426 y 27.609, y concluye que las mismas deben aplicarse en función de la fecha de adquisición del derecho previsional. La sentencia señala que 'medió, ya desde la entrada en vigencia de la ley, una clara decisión legislativa en orden al índice que corresponde considerar a los fines de la actualización de las remuneraciones' y que 'la movilidad del haber debe ajustarse a la normativa vigente al momento de la adquisición del derecho'. Se rechazan los agravios relacionados con la constitucionalidad de las leyes de emergencia y los topes, considerando que 'la impugnación actual resulta prematura y que las pautas establecidas por el Congreso deben respetarse'. La Sala también destaca que 'el análisis del agravio relativo al art. 9 de la ley 24.463 debe diferirse para el momento en que se apruebe el cómputo definitivo en la etapa de ejecución'. La decisión se fundamenta en la doctrina constitucional y en la jurisprudencia de la Corte Suprema en Fallos 330:4866, 344:1857, y otros precedentes, ratificando la aplicabilidad de las leyes y normas en función de la fecha de adquisición del derecho.'

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