DIEGUEZ EDUARDO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma aspectos relacionados con los cálculos previsionales y las actualizaciones de las prestaciones, fundamentando su decisión en la normativa vigente y precedentes jurisprudenciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Eduardo José Dieguez, demanda ante la ANSeS reclamando reajustes y actualizaciones en su beneficio previsional, específicamente en relación con la actualización de la PBU y las cotizaciones, así como la aplicación de las leyes de movilidad y actualización salarial. La Cámara revisa los agravios y confirma que la actualización de las prestaciones debe realizarse conforme a la normativa vigente en el momento de adquisición del derecho, destacando que la ley 27.426, que establece el índice combinado para actualización, no es aplicable al caso por tratarse de un beneficio adquirido antes de su vigencia. La Sala también analiza la forma de calcular las cotizaciones anteriores a julio de 1994, concluyendo que deben considerarse todos los años aportados y actualizados a la fecha del beneficio. Además, se ratifica que las pautas de movilidad aplicables son las ley 27.541 y 27.609, sin que proceda cuestionar su constitucionalidad en la etapa de ejecución. Respecto de otros agravios, como la inconstitucionalidad de ciertos topes o la exención de impuestos, la Sala reitera que las cuestiones constitucionales deben abordarse en etapas posteriores y que las normas de emergencia y movilidad vigentes son constitucionales y constitucionalizadas por la jurisprudencia. En conclusión, la Cámara revoca parcialmente la sentencia y ratifica la aplicación de las normas legales vigentes al momento de adquisición del beneficio, con ajustes en los cálculos y actualizaciones conforme a los precedentes y leyes aplicables.
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