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REARTE FELIX LUIS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la condena a la demandada por el reconocimiento del derecho del actor a percibir en su haber mensual los suplementos creados por el Decreto 380/17 y sus modificatorios, con inclusión en el haber de retiro, en línea con doctrinas y precedentes de la Corte Suprema.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Felix Luis Rearte contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, reclamando el reconocimiento y pago de suplementos salariales que integran su haber jubilatorio. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y reconoció el derecho del actor a percibir en su haber mensual los suplementos creados por el Decreto 380/17, como conceptos remunerativos y bonificables, que deben integrarse al haber de retiro. La demandada cuestionó la prueba, argumentando que no se acreditó el pago generalizado, y sostuvo que dichos suplementos no integran el haber jubilatorio. La Cámara, tras analizar la normativa, doctrina y jurisprudencia, rechazó los agravios, recordando que la Corte Suprema ha sostenido que los suplementos creados por decreto, si ostentan carácter remunerativo y bonificable, deben integrarse al haber jubilatorio. Además, confirmó el plazo para el cumplimiento de la sentencia y la imposición de costas a la parte vencida. La resolución destacó que los suplementos “Función Policial Operativa” y “Función Técnica de Apoyo”, aunque en su momento considerados no remunerativos, en la práctica tuvieron carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben incluirse en la liquidación del haber jubilatorio. La sala también hizo referencia a la declaración del decreto 142/22, que suprimió dichos suplementos, pero aclaró que la situación en debate corresponde a los períodos anteriores. En consecuencia, se confirmó la sentencia de grado en los términos solicitados y se ratificaron las costas y regulación de honorarios en la forma establecida.

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