ESTRADA MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/16, que fijaba el índice de actualización de las jubilaciones, argumentando que la norma vulneraba la competencia del Congreso y el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. La decisión también ordenó que se abonaran las diferencias en las prestaciones previsionales, aplicando los índices adecuados según la fecha de adquisición del beneficio, y ratificó la declaración de inconstitucionalidad del decreto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, beneficiaria de una jubilación otorgada con fecha de alta del 1 de junio de 2019, cuestionó la actualización de su prestación en virtud del índice previsto por el Decreto 807/2016.
- La Cámara analizó los precedentes de la Corte Suprema, en especial “Blanco”, y concluyó que la resolución del Poder Ejecutivo que ratificó el índice de actualización, sin competencia constitucional para ello, vulnera la división de poderes y el marco constitucional.
- El tribunal declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/16, sosteniendo que la fijación del índice de actualización corresponde al Congreso Nacional, y ordenó a la ANSeS abonar las diferencias resultantes por la aplicación de índices correctos, desde la fecha de adquisición del derecho.
- Además, se dispuso que la actualización de las remuneraciones se aplique conforme a los índices establecidos por la ley 26.417, y que la demandada efectúe los pagos correspondientes, considerando los aumentos en los haberes y las resoluciones pertinentes.
- La sentencia fue confirmada en todas sus partes, manteniendo la declaración de inconstitucionalidad y la obligación de pago.
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