SANCHEZ LILIANA MIRTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia en un reclamo por reajustes previsionales y ordena el recálculo de la prestación, considerando conceptos remuneratorios y la movilidad del haber, en línea con la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Liliana Mirta Sanchez, demanda a la ANSES solicitando la actualización de su prestación previsional y el recálculo de la misma, incluyendo adicionales no remunerativos considerados habituales y regulares, en virtud del derecho adquirido y la normativa vigente. La sentencia de primera instancia fue apelada por ambas partes, y la Sala analiza diversos aspectos del caso, incluyendo la incidencia de los reajustes y la interpretación de las leyes 24.241, 27.609, 27.426, y 27.541. La Cámara concluye que los adicionales no remunerativos percibidos habitualmente deben ser considerados remunerativos para el cálculo del haber inicial, y ordena a la ANSES que recalcule la prestación en consecuencia, sin superar la base imponible máxima. Además, reafirma la constitucionalidad de las normas de movilidad y descarta la aplicación de la ley 27.541 por tratarse de una norma posterior a la adquisición del beneficio. La resolución también contempla la reducción de honorarios de la parte actora en un 30%. La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y ordena el recálculo, manteniendo la improcedencia de la aplicación de la ley 27.541 por el momento y las pautas de movilidad establecidas por la legislación vigente.
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