ROLDAN DANIEL ALBERTO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4 LEY 24241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la denegatoria del beneficio de retiro por invalidez, por no comparecencia del solicitante a los estudios médicos, y ratificó la decisión de la Comisión Médica Central. La causa fue remitida al organismo de origen para su cumplimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Daniel Alberto Roldán, solicitó el beneficio de retiro por invalidez según el artículo 49, inciso a) de la ley 24.241, pero la Comisión Médica Central denegó el beneficio. La causa fue remitida al Cuerpo Médico Forense, que no pudo realizar los estudios por no comparecencia del interesado. La Cámara tomó conocimiento de que la parte actora no manifestó interés en continuar y resolvió confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central, imponiendo costas y remitiendo las actuaciones al organismo de origen. La fundamentación principal fue que la incomparecencia del interesado imposibilitó la evaluación médica necesaria para determinar la invalidez. Fundamentos principales: "El organismo médico informa que la medida ordenada no pudo ser llevada a cabo por no comparecer el interesado a la realización de los estudios médicos pertinentes. En consecuencia y, toda vez que la parte actora no ha manifestado interés alguno en la prosecución de la causa, corresponde hacer efectivo el apercibimiento de fecha 10 de octubre de 2023 y confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central." El tribunal sostuvo que la inacción del actor impidió la evaluación médica y, por ende, la resolución favorable, por lo que ratificó la decisión administrativa.
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