BARRIOS, DORA ELIDA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la decisión de la Comisión Médica Central y reconoce la invalidez del 67,30% para acceder al beneficio de retiro por invalidez, ordenando a ANSeS su pronunciamiento y cobro efectivo en 90 días. La sentencia fundamenta la validez del informe médico y la necesidad de protección previsional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Dora Elida Barrios, interpuso recurso de apelación contra la resolución de la Comisión Médica Central que consideró no acreditado el requisito de invalidez para otorgarle el beneficio de retiro por invalidez. La Cámara revisó el informe médico y los fundamentos de la órgano administrativo, concluyendo que el mismo es válido y determinante. La sentencia señala que “el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada”, resaltando la seriedad del organismo emisor y la solidez de sus fundamentos. Además, destaca que “contrariamente a lo decidido por la C.M.C., la ley 24.241 para acceder al beneficio de retiro por invalidez” establece que la incapacidad debe acreditarse con un porcentaje del 67,30%. La Cámara revoca la resolución de la Comisión y ordena a la ANSeS que se pronuncie sobre el otorgamiento de la prestación y la haga efectiva en el plazo de 90 días, con costas por su orden. La sentencia fundamenta en la protección del derecho previsional y en la validez del informe médico como prueba principal.
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