MEDINA DA ROSA, CARLOS ANDRES c/ AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la declaración de inconstitucionalidad de requisitos de residencia para acceder a pensiones no contributivas a extranjeros. La decisión ordena evaluar la solicitud sin aplicar la norma invalidada, garantizando derechos constitucionales y derechos humanos.
- Quién demanda: Carlos Andrés Medina Da Rosa
¿A quién se demanda?
Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Evaluación de su solicitud de pensión no contributiva sin exigir residencia continua de 20 años, en virtud de la declaración de inconstitucionalidad de esa norma.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 inc. e) del Decreto 432/97, ordenando a la autoridad que evalúe la trámite sin considerar dicha norma.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal hizo referencia a la sentencia de la CSJN en "Reyes Aguilera", que declaró inconstitucional el requisito de residencia de 20 años para extranjeros en la percepción de pensiones no contributivas, cuando se cumplen los demás requisitos. La sentencia sostuvo que el requisito de residencia implica una vulneración del derecho a la seguridad social y a la vida digna, protegido por la Constitución Nacional y tratados internacionales. La sentencia resaltó que, en casos donde estén reunidos los demás requisitos, no puede exigirse el cumplimiento del requisito de residencia, ya que ello limitaría indebidamente derechos constitucionales y derechos humanos. La Cámara reiteró que la acción de amparo es procedente en estos casos por la naturaleza alimentaria y esencial del derecho en juego y que la normativa que exige ese requisito resulta inconstitucional. Además, confirmó que la demandada debe evaluar la solicitud sin aplicar la norma invalidada en el plazo de 30 días.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: