CAMPOS PATRICIA ELIANA Y OTRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que reconoció el derecho de los actores a percibir en sus haberes mensuales suplementos creados por el Decreto 380/17, calificándolos como remunerativos y bonificables, y ratificó el cumplimiento del plazo para su pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por Patricia Eliana Campos y otro contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, solicitando el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos creados por el Decreto 380/17. La sentencia de grado hizo lugar a la demanda y reconoció tales suplementos en los haberes de los actores, considerando que ostentaban carácter general, remunerativo y bonificable, y que debían incorporarse a su haber mensual. La demandada cuestionó la acreditación del pago generalizado, la naturaleza de los suplementos y otros aspectos procesales, pero la Cámara reafirmó que los suplementos “Función Policial Operativa” y “Función Técnica de Apoyo” tenían carácter remunerativo y bonificable, conforme la doctrina de la Corte Suprema, y que debían incluirse en su haber mensual. Además, se confirmó el plazo para el cumplimiento de la sentencia y la imposición de costas a la parte vencida. La sentencia también abordó la modificación del haber mensual por el Decreto 142/22, que suprimió algunos suplementos, y la aplicación del plazo de prescripción bienal para los haberes. La Cámara concluyó que los suplementos tenían carácter general, remunerativo y bonificable, y que su percepción debía integrarse en el haber mensual del personal en actividad. La resolución fue en línea con precedentes judiciales y la doctrina de la Corte Suprema, ratificando que la normativa y los hechos probados sustentan el derecho de los actores a percibir los suplementos en cuestión.
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