MEDIAVILLA IRMA NELIDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia en un reclamo de reajustes previsionales y confirma la validez de las normas aplicadas en materia de actualización de beneficios, estableciendo que las leyes de movilidad y reajuste son constitucionales y aplicables al caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Irma Nelida Mediavilla, demanda a la ANSES por reajustes en su beneficio previsional otorgado desde julio de 2019.
- La Cámara revisa aspectos relacionados con la actualización del haber inicial, la constitucionalidad de las leyes de movilidad y reajustes, y la aplicación de índices de actualización salarial.
- La sentencia de primera instancia fue parcialmente revocada, confirmando que las normas de movilidad y reajuste, incluyendo la ley 27.426 y ley 27.609, son constitucionales y deben aplicarse según lo dictaminado por la Corte Suprema en precedentes como “Quiroga” y “Gualtieri”.
- Se estableció que la comparación para determinar la confiscatoriedad del haber debe hacerse sobre el total del haber inicial percibido, ajustado o no, y que la ley 27.426 no es aplicable al caso por la fecha de adquisición del derecho.
- Además, la exención del impuesto a las ganancias en beneficios previsionales fue considerada conforme a la doctrina de la Corte, por tratarse de un grupo vulnerable de jubilados.
- Las costas fueron impuestas por su orden en la alzada, y se regularon los honorarios letrados en un 30% de lo regulado en la instancia anterior.
- La resolución concluye que las leyes de movilidad y reajustes, en particular la ley 27.426 y la ley 27.609, son constitucionales y deben aplicarse según sus parámetros y fechas de vigencia.
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